Régimen sancionador por el incumplimiento de la relación electrónica obligatoria con la administración tributaria
Autor/a
Fecha de publicación
2020ISSN
1696-0173
Resumen
La nueva legislación administrativa básica consagra el principio de preferencia del medio electrónico en las relaciones del ciudadano con la Administración, a la vez que amplía considerablemente el número de supuestos en los que los sujetos deben utilizar obligatoriamente la vía electrónica para dicha relación. En el ámbito tributario, destacan las declaraciones electrónicas obligatorias, las notificaciones electrónicas obligatorias y, recientemente, el Suministro Inmediato de Información, que es obligatorio para un buen número de contribuyentes. La obligatoriedad de la utilización del medio electrónico en la relación con la Administración tributaria se ha visto reforzada con la tipificación en la Ley General Tributaria de determinadas infracciones tributarias que sancionan el incumplimiento de esta obligación formal. Palabras clave: Impuestos, infracciones, sanciones, declaraciones electrónicas, notificaciones electrónicas, suministro inmediato de información.
Tipo de documento
Artículo
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Versión publicada
Lengua
Castellano
Materias (CDU)
34 - Derecho
Palabras clave
Páginas
23
Publicado por
Dykinson
Colección
2
Publicado en
Nueva fiscalidad
Citación
Oliver Cuello, Rafael. Régimen sancionador por el incumplimiento de la relación electrónica obligatoria con la administración tributaria. Nueva fiscalidad, 2020, 2, p. 111-134.
Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)
- Dret [144]
Derechos
Nueva fiscalidad

